Han transcurrido 16 años desde que inició el juicio en el Caso Tagaeri y Taromenane vs. el Ecuador. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictará sentencia contra el Estado ecuatoriano en los próximos meses. Este caso ha sido llevado por el Centro de Derechos Humanos de la PUCE (CDH-PUCE).

“Existe un proceso judicial en marcha. Esperamos una diligencia en territorio por parte de la Corte IDH y contamos con 60 días para presentar alegatos. La sentencia se dará a principios del próximo año.” Así explicó, en rueda de prensa el Doctor Mario Melo, miembro del equipo jurídico de la CHD-PUCE y decano de la Facultad de Jurisprudencia, sobre los siguientes pasos del proceso.

El Caso Tagaeri y Taromenane vs. el Ecuador

Este proceso comenzó en 2006, cuando varios activistas presentaron una medida cautelar y una petición a la Corte IDH. Esto se dio tras dos masacres (2003 y 2006) que vivieron los pueblos en aislamiento voluntario.

Los asesinatos sucedieron luego de los enfrentamientos entre miembros de los pueblos tagaeri y taromenane, madereros ilegales y miembros del pueblo waorani. La intromisión del Estado con actividades extractivas en sus territorios produjo tensión entre estos pueblos indígenas.

Durante el juicio y por la inacción del Estado, los tagaeri y taromenane pasaron por un tercer enfrentamiento con los waorani en 2016.

Se estima que en estos enfrentamientos ha muerto casi el 50% de los miembros de estos pueblos, siendo los más perjudicados los tagaeri y taromenane.

La demanda y defensa del caso es promovida por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), la Fundación Pachamama, el Colectivo Yasunidos y el CDH-PUCE.

Audiencia en la CIDH

El 23 de agosto, el Estado ecuatoriano y los demandantes tuvieron la audiencia pública sobre este caso. En esa audiencia, el Estado reconoció que no investigó debidamente los hechos violentos ocurridos en 2003 y 2006 en la Amazonía, sobre la matanza de los tagaeri y taromenane.

Aunque, el CDH-PUCE felicita ese reconocimiento por parte del Estado, esta acción le parece insuficiente y espera otras medidas de restauración. Entre las más importantes está que se reconozca como zona de paz el Yasuní, espacio de hábitat de estos pueblos. Además, que se cumpla el principio de intangibilidad, es decir, que no se permita la activad extractiva en su territorio.

La única forma de protegerlos es preservar el entorno del territorio de estos pueblos. Esto con el fin de que tanto tagaeri y taromenane como waorani no tengan presión por pelear por recursos”, explicó el doctor David Cordero, del CDH –PUCE. “Son pueblos guerreros y protectores de su territorio, pero no violentos”, añadió.

Un hito para pueblos indígenas

Para el CDH-PUCE, esta sentencia constituirá un hito histórico para los pueblos en aislamiento voluntario tanto del Ecuador como de los países pertenecientes a la Organización de Estados Americanos (OEA).

La sentencia va a ser definitiva y obligatoria para el Estado ecuatoriano y para los países miembros de la OEA, siendo la primera vez que la Corte IDH tiene una audiencia de este tipo”, finaliza el doctor Melo.

El Centro de Derechos Humanos de la PUCE defiende, difunde y promueve el respeto a los derechos humanos y de la naturaleza. Esto en sintonía con la filosofía de servicio de la universidad y su espíritu ignaciano, e

Audiencia pública Caso Tagaeri y Taromenane vs el Ecuador

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